El Congreso del Estado de Hidalgo se sumó a la aprobación de las reformas, adecuaciones y adiciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos sobre la Guardia Nacional y de Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanos.
Los decretos que mandó el Senado de la República se aprobaron ya por los estados de Oaxaca, Morelos, Campeche, Durango, Veracruz, Puebla, Chihuahua, Nayarit, Guerrero, Estado de México, Tamaulipas, Tabasco, Zacatecas, Quintana Roo, Sinaloa, Ciudad de México, Tlaxcala, Baja California, Yucatán y Colima.
Se aprobaron primero por unanimidad de votos las reformas al artículo 2 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanos que reconocen a estos pueblos y comunidades como sujetos de derecho público con personalidad jurídica y patrimonio propio.
Estas reformas llevan a que se reconozca como sujetos de derecho público, reconocimiento de sus sistemas normativos, obligación de la consulta libre, previa e informada, protección del patrimonio cultural, lenguas indígenas y educación, reconocimiento de la salud y medicina tradicional y acceso a los medios de comunicación, reconocimiento del trabajo comunitario, protección a derechos de niñas, niños, adolescentes y mujeres, reconocimiento de los derechos de los pueblos y comunidades afromexicanas.
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Después se aprobó por mayoría de votos el dictamen que aprueba con proyecto de decreto por el que se van a reformar y agregar los artículos 13, 16, 21, 32, 55, 73, 76, 78, 82, 89, 123 y 129 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de Guardia Nacional.
Sin embargo esta tuvo la oposición de los legisladores de los Partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional y Movimiento Ciudadano.
En este caso, las adecuaciones buscan fortalecer las capacidades del Estado con el fin de que se garantice la seguridad pública y la paz social por medio de la permanencia, consolidación e implantación territorial, en otras palabras que va a ser reconocida como una fuerza armada en apoyo a la seguridad pública de carácter permanente.
Igualmente establecen que los elementos van a ser sujetos al fuero militar en caso de que se den faltas en ese ámbito y se establece la limitación para aspirar a un cargo de elección popular, separación previa de seis meses previo de la elección respectiva y va a contar con los mismos derechos laborales que las Fuerzas Armadas.
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